Que le sea pagada la renta fijada, que se destine la vivienda al uso pactado y que se cuide de ella.
Que el arrendatario o arrendataria repare los daños que por causa suya se hayan producido.
Aumentar la renta de acuerdo con lo que se haya especificado en el contrato.
2. Obligaciones
Garantizar al arrendatario o arrendataria el uso pacífico de la vivienda.
Hacer las reparaciones necesarias de carácter urgente y, si no lo hace, pagarle el coste al arrendatario o arrendataria.
Garantizar las condiciones necesarias para que la vivienda sea habitable a lo largo de la duración del contrato.
Entregar el certificado de eficiencia energética y la etiqueta energética.
Disponer de la cédula de habitabilidad en vigor.
Registrar y depositar la fianza en el INCASOL.
Derechos y obligaciones del arrendatario
DEL ARRENDATARIO O ARRENDATARIA
1. Derechos
Derecho al uso pacífico de la vivienda. El propietario o propietaria no puede perturbar este uso.
Derecho a las reparaciones, necesarias o de conservación, de las cuales se tiene que hacer cargo el propietario. El arrendatario o arrendataria puede hacerlas si son de carácter urgente, con aviso previo, y después el propietario o propietaria puede deducirlas del importe del alquiler.
En cuanto a la habitabilidad, el propietario o propietaria tiene que garantizar las condiciones necesarias para que la vivienda sea habitable a lo largo del contrato.
A resolver el contrato.
A recuperar la fianza al finalizar el contrato.
2. Obligaciones
Pagar la renta mensual, hasta el plazo marcado en el contrato.
Cuidar de la vivienda y no hacer actividades molestas, insalubres o ilegales.
Reparar los daños que, bien por culpa suya, bien por negligencia, se hayan producido.