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¿Cómo funciona la contratación de electricidad en una vivienda de alquiler?

¿Cómo funciona la contratación de electricidad en una vivienda de alquiler?

Buenas tardes! Hoy os presentamos este blog de gran interés para todos vosotros

A menudo nos parece que entrar a vivir a un piso de alquiler nos deja totalmente a merced de lo que el propietario/a tenga contratado o instalado previamente y no es así. Descubre todo lo que tú, como inquilino, puedes cambiar.

Como inquilino, puedes elegir y gestionar muchos de los servicios del que será tu futuro hogar sin que intervenga la persona que te lo alquila y la electricidad es uno de ellos. Vamos a repasar los puntos más importantes a tener en cuenta respecto a la contratación de electricidad en un piso de alquiler.

Antes de mudarte

Lo primero que debes tener en cuenta respecto al suministro eléctrico de tu nueva vivienda es la lectura que marca el contador el día en que entras a vivir. De esta forma, hagas lo que hagas más adelante podrás calcular lo que llevas consumido desde que entraste hasta que se cierre el próximo periodo de facturación y si es necesario, enviarlo a la compañía eléctrica para garantizar que te facturan lo justo. Lo mejor es que le hagas una foto al contador. Esto mismo es aplicable a los suministros de gas y agua.

Cambiar de compañía eléctrica

Si al entrar al piso tienes luz pero por cualquier motivo (mejores precios, mejor atención, energía verde,…) te interesa cambiar de compañía eléctrica, tienes derecho a hacerlo, lo sepa o no el propietario/a. Quién va a disfrutar del servicio es quien tiene derecho a elegir la comercializadora que se lo va a dar. La comercializadora será la compañía que dará y facturará el servicio, mientras que la distribuidora, que siempre será la misma (la que toque por zona), es dueña de la instalación y se encarga, entre otras cosas, de pasar a leer el contador.

Diferencias entre dar de alta el suministro o cambiarte de compañía

En el caso anterior contamos con que haya luz al entrar a vivir al piso, por lo tanto estaríamos hablando de un cambio de comercializadora, que no interrumpe el suministro en ningún momento ni supone darlo de baja. En algunos casos podemos solicitarlo directamente a la que vaya a ser la nueva compañía para que lo gestione con distribuidora, que es la que lo lleva acabo. Si por el contrario nos encontramos el suministro dado de baja, lo que haremos será solicitar un alta nueva con la comercializadora que queramos, pidiéndoselo a ellos también. El cambio no tiene coste pero el alta nueva sí, aunque éste dependerá de la potencia contratada que vayamos a tener en casa. En este caso, también puedes decidir si dejar la que había cuando la vivienda tenía luz o si por el contrario quieres cambiarla para adaptarla a tus necesidades. En la compañía eléctrica que vayas a tener deberían informarte de todo esto y aconsejarte.

¿Quién debe ser el titular?

Puedes hacer otro cambio, que de hecho es el más recomendable, tanto para ti como para el propietario/a: cambiar el titular del contrato para ponerlo a tu nombre. Se lo puedes solicitar a la compañía eléctrica al mismo tiempo que pides cualquiera de lo anterior, si lo necesitas, claro. Como inquilino te interesa hacer el cambio de titular para asegurarte de que no van a hacerte responsable de ninguna deuda anterior y para facilitarte cualquier gestión. Al propietario le conviene para tener la garantía de que cualquier deuda por tu parte será responsabilidad tuya, ya que la ley dice que quien debe responder por impago o fraude es la persona que sea titular en el momento en que se produzca.

 

Gaudi House es una Inmobiliaria en Barcelona, especializada en el alquiler de pisos  y la venta de pisos. Nuestra metodología nos posesiona como una de las top 10 inmobiliarias en Barcelona.

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